miércoles, 20 de octubre de 2010

La ABT propone subir en casi 50 veces la multa por el chaqueo ilegal

Bolivia 20 Oct (Atipiri/texto:Enlared).- La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT), a través de una Ley de Emergencia Forestal, plantea incrementar la multa por quemas ilegales, de 0,20 centavos de dólar por hectárea que actualmente se cobra, a 10 dólares; esto es un aumento de casi 50 veces más (4.900 por ciento).
Este es uno de los temas que considera el proyecto de la Ley de Emergencia Forestal presentado el pasado viernes a la Asamblea Legislativa Plurinacional, informó el director de la ABT, Cliver Rocha.
 
Se propone un incremento de la multa por chaqueo ilegal de 9.80 dólares por hectárea. "Creemos que es racional, obviamente los efectos que se generan por el incendio o la cobertura boscosa son incuantificables, pero pensamos que esto relativamente cambie de conducta, no resulte tan barato destruir los recursos naturales", apuntó.

El incremento de la multa, justificó Rocha, está en la lógica de endurecer las sanciones contra el chaqueo ilegal e indiscriminado en el país, política que impulsa la ABT.

Uno de los objetivos centrales de sancionar drásticamente los chaqueos, insistió Rocha, es frenar la conversión de los bosques en tierras agrícolas; detener la expansión de la frontera agrícola a costa de destruir los bosques.

Recordó que en lo que va de esta gestión ya se registraron 53.600 focos de calor, el mayor récord de los últimos diez años. Estas quemas de 2010 afectaron a casi cuatro millones de hectáreas, además provocar daños ambientales irreversibles, lamentó el director de la ABT.

"La Ley de Emergencia Forestal contempla en lo fundamental que ya no puede haber conversión de bosques a tierras agrícolas, fundamentalmente en tierras de absoluta vocación forestal", remarcó.

Aunque no precisó el monto, Rocha añadió que también se plantea subir el costo de la patente por desmonte que hoy se cobra, hasta en 15 veces más; base sobre la cual también se calcularán las multas, de acuerdo a las áreas de cultivo afectado.

"Por ejemplo, si se produce en tierras de usos múltiples, es el 80%; si es tierra de producción forestal, es el 100%; entonces, acá se aplica dos conceptos: el concepto de de la patente por desmontes, el porcentaje de la madera aprovechada y la multa", señaló.














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Agencia Regional de Noticias -- ARN

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