miércoles, 16 de noviembre de 2011

CONTRATACIÓN DE EMPRESA PARA DEFINIR EXTENSIÓN DEL CAMPO MARGARITA QUEDA DESIERTA


La Paz, 16 Nov. (ATIPIRI / Erbol).- La estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) declaró, por segunda vez consecutiva, desierta la contratación de una empresa de reconocido prestigio internacional para definir la extensión y relación de los campos Margarita y Huacaya.

La decisión está contenida en la Resolución Administrativa PRS 000249 de 15 de noviembre de 2011, misma que está firmada por el presidente ejecutivo interino de la empresa petrolera, Carlos Villegas.

Texto de la Resolución

El Presidente Ejecutivo a.i. de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), en su calidad de Autoridad Responsable del Proceso de Contratación (ARPC), en uso de sus facultades conferidas en el Artículo 5 parágrafo II incisos e) y f) del Reglamento para la contratación de Bienes, Obras y Servicios Especializados en el Extranjero del Decreto Supremo 0224, aprobado mediante Resolución de Directorio N° 28/2009 de 03 de agosto de 2009.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.-  Aprobar el Informe de Evaluación y Recomendación N° DVAD 320/2011 de 11 de Noviembre de 2011, emitido por la Comisión de Calificación, dentro del proceso destinado a la  "CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA DE RECONOCIDO PRESTIGIO INTERNACIONAL PARA DEFINIR LA EXTENSIÓN Y RELACIÓN DE LOS CAMPOS MARGARITA Y HUACAYA" (SEGUNDA CONVOCATORIA).

ARTICULO SEGUNDO.- Descalificar a las empresas Gaffney, Cline & Associates y Tecnourban Legal & Consulting, en aplicación del numeral 4 incisos c) y f) sobre Descalificación de Propuestas del Documento Base de Contratación, concordante con el Artículo 24 inciso b) del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios Especializados en el Extranjero del D.S. 0224.

ARTICULO TERCERO.- DECLARAR DESIERTO  el proceso destinado a la:  "CONTRATACIÓN  DE UNA EMPRESA DE RECONOCIDO PRESTIGIO INTERNACIONAL PARA DEFINIR LA EXTENSIÓN Y RELACIÓN DE LOS CAMPOS MARGARITA Y HUACAYA"  (SEGUNDA CONVOCATORIA), de conformidad a lo establecido en el Artículo 25 del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios Especializados en el Extranjero del D.S. 0224, concordante con el numeral 25 inciso b) del Documento Base de Contratación (DBC).

ARTICULO CUARTO.-  En cumplimiento al Artículo 25 del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios Especializados en el Extranjero en el marco del D.S. 0224, la presente Resolución debe ser notificada por la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas (GNAF), a la Unidad Solicitante y a las empresas participantes, además de realizar las gestiones pertinentes para su respectiva publicación en la página web de YPFB.

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Agencia Regional de Noticias -- ARN

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